Una aproximación desde la Teoría de la Democracia
Por: CRISTHIAN HUGO GUTIÉRREZ DE LA CRUZ
Una de la características esenciales de los sistemas de gobierno occidentales radica en la protección y promoción de los derechos humanos a nivel nacional como internacional respectivamente, ello como garantía de su legitimidad en el ejercicio del poder político, de tal suerte que en la medida que el Estado por intermedio de sus gobernantes respetan y promueven políticas públicas para la vigencia efectiva de los derechos de sus ciudadanos, no solo dan cumplimiento a mandatos imperativos de compromisos internacionales, esto es, las convenciones internacionales en materia de derechos humanos, sino que también, y desde una aproximación de la teoría democracia, permite, a prima facie, que los gobernantes pueden ejercer el poder con legitimidad, pues no solo basta ser elegido por la voluntad popular para ser un gobierno democrático, sino que también se debe gobernar para la protección y promoción de los derechos de su población, de tal forma se genere una simbiosis virtuosa, en la medida que mientras mayor sea el nivel de protección de derechos humanos en una sociedad, mayor será el nivel de democracia que muestre, y mientras mayor sea esta última, la legitimidad en el ejercicio del poder estará garantizada; no obstante, esta simbiosis virtuosa, también puede degenerar en situaciones desastrosas y monstruosas, en donde los regímenes políticos para mantenerse en el poder, comienzan a vulnerar los derechos de sus ciudadanos, incluso violando derechos humanos, teniendo como vil consigna, el poder por el poder, siendo América Latina en sus más de 200 años de intendencia política, víctima de sus gobernantes. (1).
John Locke y una aproximación a la relación poder político y derechos humanos
El profesor Giovanni Sartori, en el libro La Política, Lógica y Método en las Ciencias Sociales (1996) hacía referencia que el científico social debe contar con un método abordaje de estudio del fenómeno que pretende estudiar, pues la fiabilidad del resultado estará en proporción a la calidad del método utilizado, así cuando se pretende analizar estructuras de poder, el científico social (sociólogo, economista o politólogo) se asemeja a un arquitecto, que al pretender realizar una construcción, debe comenzar por el estudio de las bases, las columnas, de aquellas estructuras que soportaran el peso de su creación, de la misma forma, el científico social que pretenda realizar ingeniería constitucional / política deberá observar, y más que ello analizar, cuales son las estructuras o soportes que cargarán sobre sus bases todo el peso de la sociedad organizada y concretizada en el Estado, tarea para nada pequeña, pero que, sin embargo, mentes agudas a lo largo de la historia del pensamiento lo han abordado, así en el libro fundamental para la filosofía política liberal, el Segundo Tratado del Gobierno Civil (1689) tiene aún, luego de casi cinco siglos, enormes repercusiones para la teoría del Estado y la democracia, ya que a la fecha aún se encuentra lejos de ser superado (pues bien se dice que la democracia y la rueda son creaciones mejorables, pero insuperables). En dicha obra John Locke fundamenta las razones por las cuales ciertos derechos: propiedad, libertad y vida (póngase en el orden que más se le acomode) serían derechos pre estatales, debido a su aparición antes del Estado, en una sociedad salvaje de los albores e infancia de la humanidad, aún en dicha paupérrima condición, dichos derechos ya existían pues estos, serían innatos a la condición humana, siendo una de sus características esenciales de esta condición que cada uno podía tomar justicia por mano propia, este estadio histórico fue superado con la aparición del Estado, el derecho, y su coacción para el ejercicio del orden, pues cuando aparece el Estado, este reclama y obtiene el monopolio de la fuerza pública, de tal suerte que si somos violentados debemos recurrir al Estado para que este nos haga justicia, y no por el contrario, hacerla por mano propia que sería lo “natural” en una sociedad pre estatal o natural. (2)
En ese orden de ideas, existiendo derechos pre estatales, la única o principal razón del Estado Liberal de justificar su existencia y legitimidad en el uso del poder político radicaría sin más, en la protección de dichos derechos, ya sea previniendo su vulneración (por intermedio de políticas públicas) o castigando el accionar infractor (por intermedio de la sanción, la cárcel e incluso la muerte) ergo, siendo su principal y única función del Estado la protección de dichos derechos (vida, propiedad y libertad) que Locke llamaba derechos naturales y hoy le denominados derechos humanos, mal haría el Estado, en vulnerarlos, pues de hacerlo iría contra su propio fin, esto es su protección, de tal forma que un gobierno que en su accionar del poder vulnere derechos humanos (4), se asemejaría aquel que pretende cortarse las propias piernas, pues evidenciaría ir contra su propio sostén, cuyo resultado en ambos casos solo puede ser el caer. Por ello bien se afirma que lo que sustenta una democracia es la protección de los derechos humanos (propiedad, libertad y vida), y por el contrario, lo que sostiene una dictadura, es el miedo de su población a la vulneración de estos derechos (expropiación, encarcelación y muerte), para ello estimado lector/a deberá tener especial atención a que una democracia basada en derechos humanos se sustenta por sí sola, es decir, se podrá cambiar gobiernos, pero el sistema político se mantiene y consolida, lo que no sucede con las dictaduras, que ante el cambio del líder o partido en el poder, sufre una caída, que sólo puede mantenerse, aumentando los niveles de miedo y terror sobre la población. (3)
Los derechos humanos en América Latina, un barco a la deriva
Cuando Samuel Huntington encuadró las civilizaciones existentes en el libro Choque de Civilizaciones (1996) no consideró a América Latina como parte de la civilización occidental, como si lo había hecho con Norte América (EE.UU. y Canadá) así como con Europa, ello debido que a pesar de haber y mantener rasgos culturales comunes, como idioma, eticidad y religión de origen europeo, las sociedades latinas eran sustancialmente diferentes, los que la hacía considerar como una variante de la civilización occidental. (5)
El sistema político constitucional que denominamos democracia, tiene sus raíces en la Grecia Clásica de Pericles y la Roma Republicana de antes del Julio César, esto supone que parte de la identidad de occidente radica en el sistema democrático de gobierno, no obstante, dicho sistema a pesar del tiempo transcurrido no parece haberse adecuado a las necesidades de los Estados Latinos de América, los cuales tienden a preferir populismos tanto de izquierda y derechas, que sustentan sus propuestas en el mesianismo político y reparto de riqueza inexistentes, al considerar los recursos naturales, y no el trabajo, como fuente de riqueza, da como consecuencia previsible el auge de dictaduras y dictablandas populistas que llegan a su apogeo cuando el precio de los recursos naturales se encuentran en auge, y por el contrario, comienzan su decadencia, cuando los mismos son depreciados en el mercado internacional, de tal suerte que el respaldo popular que obtenían del reparto de superávit de la venta de recursos naturales, desaparece, generando inestabilidad política, teniendo que recurrir a la represión como mecanismo de ejercicio del poder, y con ello vulnerando los derechos humanos de los pueblos que se comprometieron a defender, dejando los derechos humanos en América Latina, como un barco a la deriva, del cual esperemos, pronto encontrar buen puerto, pues solo con el respeto y promoción de los derechos humanos un gobierno un gobierno puede legitimarse en el ejercicio del poder político en democracia.
BIBLIOGRAFÍA
1 – NUEVOS ESTUDIOS DE FILOSOFÍA, POLÍTICA, ECONOMÍA E HISTORIAS DE LAS IDEAS, Friedrich Hayek, Unión Editorial, 2da Edición, Madrid, 2017.
2 – EL CONTROL CONSTITUCIONAL DEL PODER POLÍTICO. Gutiérrez De la Cruz Cristhian Hugo, Editorial Iusticia, Lima, Primera Edición, 2020.
3 – VIGILAR Y CASTIGAR, Michel Foucault, Editorial Siglo XXI, 2da Edición, Madrid, 2013.
4 – EL IMPERIO DE JUSTICIA, Ronald Dworking, Editorial Gedisa, Barcelona, 2da Edición, 2012.
5 – CHOQUE DE CIVILIZACIONES Y LA RECONFIGURACIÓN DEL ORDEN MUNDIAL, Sanuel P, Huntington, Editorial España, 2da Edición, 2016.
Foto Créditos: Mapa de América de Sebastian Munster (1561